A veces, a lo largo de los años, —al no ser suficiente la primera advertencia afable presentada a través del consejero delegado Área de Marca o del Área de Imagen y Comunicación,— valiéndose antes de la asistencia jurídica del abogado y miembro
de la contrada, Marco Comporti, y luego del abogado Michele Alliegro, del bufete de abogados LMCA de Roma, fue necesario que el Consorcio advirtiese a terceros que utilizaban imágenes de la Carrera o de las Contradas, blasones y colores
incorrectamente, no solo con fines publicitarios, sino también con fines denigratorios.
Al Consorcio, todos los derechos sobre las imágenes derivan directamente de una convención estipulada entre el Ayuntamiento de Siena —ente apto para tutelar la ciudadanía sienesa, y ente organizador del evento Palio— el Magistrado de las
Contradas y el propio Consorcio.
En cuanto a la tutela de la Marca, la normativa, entre otras, que regula el registro de marcas y asigna derechos exclusivos al titular de las marcas registradas, es el Decreto Legislativo 30/2015 (Código de la Propiedad Industrial).
A modo de ejemplo, hasta la fecha se han enviado:
- Núm. 11 ADVERTENCIAS CONTRA EMISORAS/PROGRAMAS DE
TV/PRODUCCIONES ITALIANAS
- Núm. 2 ADVERTENCIAS CONTRA EMISORAS/PROGRAMAS DE
TV/PRODUCCIONES EXTRANJERAS
- Núm. 29 ADVERTENCIAS CONTRA SITIOS WEB ITALIANOS Y EXTRANJEROS
- Núm. 15 ADVERTENCIAS CONTRA PERIÓDICOS/REVISTAS
- Núm. 16 ADVERTENCIAS CONTRA EMPRESAS/PRIVADOS SIENESES Y EL
TERRITORIO SIENÉS
- Núm. 87 ADVERTENCIAS CONTRA EMPRESAS/ENTES/PRIVADOS ITALIANOS
- Núm. 23 ADVERTENCIAS CONTRA EMPRESAS/PRIVADOS NO ITALIANOS